Nueva York es uno de los 12 estados, junto con el Distrito de Columbia, que grava las herencias de los fallecidos que eran residentes o que poseían propiedades ubicadas dentro de sus fronteras. Aparte de esto, hay muchos otros factores que intervienen en la forma en que el estado maneja las herencias, comenzando con si usted tiene o no un testamento válido. Si busca orientación profesional sobre cómo navegar por las matizadas leyes de planificación patrimonial o las leyes de sucesión de Nueva York, la herramienta SmartAdvisor puede ponerle en contacto con asesores financieros competentes de su zona que le ayudarán en todo este proceso.
¿Tiene Nueva York un impuesto de sucesiones o un impuesto sobre el patrimonio??
Aunque Nueva York no cobra un impuesto de sucesiones, sí incluye un impuesto sobre el patrimonio en sus leyes. El estado ha establecido un límite de 5.La exención del impuesto sobre el patrimonio es de 25 millones de euros, lo que significa que si el patrimonio del difunto supera esa cantidad, el patrimonio está obligado a presentar una declaración del impuesto sobre el patrimonio de Nueva York. El gobierno estatal exige que se presenten en un plazo de nueve meses a partir del fallecimiento del causante, aunque existen prórrogas. El tipo impositivo más alto que podría recibir es el 16%.
Es necesario presentar una declaración de impuestos sobre la herencia en Nueva York si el valor total del patrimonio supera la exención indicada anteriormente, de acuerdo con las leyes de sucesión de Nueva York. Pero para aquellos que simplemente poseen una propiedad en Nueva York pero no son residentes, sólo el valor de su propiedad en Nueva York se incluye en esta ley. Nuestro equipo ha detallado más las leyes patrimoniales de Nueva York si busca más información.
Otros trámites fiscales necesarios
El impuesto sobre el patrimonio en Nueva México se suma al impuesto federal sobre el patrimonio que se aplica a los patrimonios individuales de más de 11 dólares.4 millones de euros entre el patrimonio bruto y las donaciones anteriores sujetas a impuestos a pagar en los nueve meses siguientes al fallecimiento de la persona. Sólo el valor de la herencia que supere la exención mencionada está sujeto al impuesto federal sobre el patrimonio. Se le concederá automáticamente una prórroga de seis meses si la solicita antes de la fecha de vencimiento.
El gobierno federal y el del estado de Nueva York también exigen que se presente una última declaración de la renta individual estatal y una última declaración de la renta federal individual antes del día de los impuestos del año siguiente al fallecimiento de la persona. También hay que hacer una declaración de impuestos federales sobre la herencia y el fideicomiso. Para ello, asegúrese de presentar la solicitud antes del 15 de abril del año siguiente al fallecimiento del individuo.
El IRS exige que el patrimonio tenga su propio número de identificación patronal (EIN) para representarse a sí mismo en cualquier asunto relacionado con los impuestos. Para solicitar un EIN, visite el sitio web del IRS o solicítelo por fax o por correo.
Cómo se clasifican los bienes patrimoniales en el derecho de sucesiones de Nueva York
Los bienes en Nueva York se dividen en dos grupos simples: bienes personales y bienes inmuebles. En los bienes inmuebles se incluyen cosas como casas y terrenos o, más ampliamente, bienes raíces. Por otro lado, los bienes personales son casi todo lo demás, como coches, joyas, muebles, dinero en efectivo, inversiones y reliquias familiares.
Nueva York no es un estado de bienes gananciales. Esto significa que el cónyuge no recibirá automáticamente la mayor parte o la totalidad de los bienes del difunto tras su fallecimiento, según las leyes de sucesión de Nueva York.
Morir con un testamento en Nueva York
Para los difuntos que mueren con un testamento en Nueva York, las cosas no son muy complicadas, ya que la mayoría de los testamentos se ejecutan exactamente como el difunto lo especificó. Sin embargo, la forma en que se maneje esta situación depende completamente del valor de la herencia y de otros factores. En todos los casos en los que haya un testamento y bienes inmuebles en la herencia, el testamento debe presentarse ante el tribunal para su legalización.
El proceso de sucesión en Nueva York comienza con un juez que revisa el testamento del fallecido, asegurándose de que es preciso y tiene toda la información necesaria para que se considere válido. Asegúrese de firmar su testamento delante de dos testigos, y que ellos también firmen. A continuación, se nombra formalmente al albacea que figura en el testamento y éste comienza a distribuir los bienes que figuran en el mismo entre los beneficiarios previstos. Esta persona también es responsable de liquidar cualquier responsabilidad que el patrimonio pueda tener pendiente, de acuerdo con las leyes de herencia de Nueva York.
Cuando presente la solicitud de sucesión, asegúrese de incluir una copia del testamento, el certificado de defunción, la petición de sucesión y cualquier otra documentación pertinente. Algunos condados pueden permitirle presentar la solicitud en línea, aunque se recomienda que busque la ayuda de un abogado.
Sin embargo, si existe un testamento, pero el valor de los bienes personales del difunto es inferior a 30.000 dólares y éste poseía bienes inmuebles de forma conjunta o no los poseía en absoluto, entonces deberá presentar un procedimiento de sucesión de menor cuantía, de acuerdo con las leyes de sucesión de Nueva York.
Morir sin testamento en Nueva York
Un procedimiento de administración es el evento legal más común que ocurre en Nueva York si usted muere sin un testamento válido, pero con bienes inmuebles a su nombre. Pero si cuando usted fallece no tiene un testamento, su patrimonio consiste en bienes inmuebles de propiedad conjunta o no, y sus bienes personales valen menos de 30.000 dólares, debe presentar un procedimiento de sucesión pequeña, según las leyes de herencia de Nueva York.
Además, si usted fallece sin un testamento válido, Nueva York lo considera intestado y las leyes de sucesión intestada del estado rigen la distribución de sus bienes. Esto podría significar que varios parientes diferentes podrían terminar en posesión de su propiedad. La única excepción posible a esta regla es si el patrimonio del difunto está compuesto únicamente por bienes inmuebles, en cuyo caso los terrenos pasarán simplemente al heredero más cercano sin que se lleve a cabo el proceso de administración.
A diferencia de un tribunal testamentario que nombra a un albacea preestablecido cuando hay un testamento, los procedimientos sin testamento dan lugar a que un juez elija a un albacea o representante personal. El albacea tiene la misma obligación de gestionar la herencia, sólo que la ley intestada, y no el testamento, dicta la forma de repartir la herencia.
Los cónyuges en el derecho de sucesiones de Nueva York
Nueva York utiliza el derecho de elección de los cónyuges a la hora de decidir sobre las herencias de los mismos. Esta ley establece que si un cónyuge fallece, su cónyuge recibirá una «parte electiva» de 50.000 dólares o un tercio del patrimonio del difunto. En caso de que un cónyuge no reciba esta parte electiva, tiene derecho a solicitarla siempre que sea dentro de un plazo de seis meses después de que se haya nombrado un albacea de la herencia, según las leyes de sucesión de Nueva York.
Si usted y su cónyuge no tienen hijos biológicos o adoptados juntos, y no tienen hijos fuera de este matrimonio, entonces su cónyuge recibirá todos sus bienes. Pero si hay hijos biológicos o adoptados, las cosas cambian un poco. De acuerdo con la ley de sucesión intestada de Nueva York, su cónyuge recibirá hasta los primeros 50.000 dólares de su patrimonio, más la mitad del resto del mismo. Sus hijos recibirán el resto.
Nueva York da derecho a los cónyuges supervivientes de los difuntos que los han desheredado a una parte de su patrimonio. Sin embargo, esta situación es limitada cuando se trata de bienes no testamentarios, como los bienes en régimen de copropiedad o una cuenta de corretaje conjunta que se paga al fallecer a los beneficiarios, ya que no se pueden tomar por completo.
Los hijos en el derecho de sucesiones de Nueva York
De acuerdo con la ley de sucesión intestada de Nueva York, los hijos biológicos del difunto tienen derechos hereditarios plenos sobre el patrimonio de sus padres. Esto también se aplica a los hijos ilegítimos, o no matrimoniales, del fallecido, siempre que la paternidad biológica pueda ser probada científicamente, según las leyes de herencia de Nueva York.
Los hijos adoptados, al ser considerados, al igual que los hijos biológicos en Nueva York, poseen plenos derechos sucesorios intestados. Sin embargo, estos mismos derechos no se aplican automáticamente a los hijos adoptivos y a los hijastros si el fallecido nunca los adoptó.
De acuerdo con las leyes sucesorias de Nueva York, si usted fallece antes del nacimiento de un hijo que haya concebido antes de su muerte, ese hijo seguirá teniendo los típicos derechos intestados de los hijos biológicos sobre su patrimonio.
Los derechos específicos de la herencia intestada para los hijos que reúnen los requisitos enumerados anteriormente varían en función de quién sobreviva al difunto también. Nueva York dará todos los bienes a sus hijos si usted no está casado o su cónyuge fallece antes que usted. Pero si un cónyuge le sobrevive, sus hijos sólo recibirán el saldo de su patrimonio después de que su cónyuge haya recibido 50.000 dólares más la mitad del saldo del patrimonio restante.
| Sucesión intestada: Cónyuges & Hijos | |
| Situación de la herencia | Quién hereda sus bienes |
| – Si es cónyuge, pero no tiene hijos | – Todo el patrimonio para el cónyuge |
| – Si el cónyuge y los hijos | – 50.000 dólares de la herencia y la mitad del saldo para el cónyuge – El resto del patrimonio a los hijos |
| – Si hay hijos, pero no hay cónyuge | – Todo el patrimonio a los hijos |
Derechos sucesorios de los nietos en Nueva York
La única situación en la que Nueva York concederá a sus nietos algún derecho de propiedad a través de la sucesión intestada es si su hijo (el padre de su nieto) murió antes que usted. En caso contrario, si su hijo está vivo en el momento de su fallecimiento, será él quien reciba los derechos de herencia, no su nieto. Por supuesto, puede evitar cualquier complicación nombrando a sus nietos como herederos de bienes específicos en su testamento, si así lo desea.
Personas solteras sin hijos en el derecho de sucesiones de Nueva York
Los bienes de su herencia irán a parar a sus padres si usted fallece sin cónyuge ni hijos supervivientes. Pero si sus padres fallecen antes que usted, sus hermanos se repartirán su patrimonio a partes iguales, de acuerdo con las leyes sucesorias de Nueva York.
En caso de que no le sobrevivan todas las posibilidades de herederos anteriores, su patrimonio pasará a uno o varios de sus abuelos supervivientes, dividido a partes iguales entre su lado paterno y materno. Pero si no te sobrevive ninguno de tus abuelos, tu patrimonio pasa a manos de tus tíos, repartiéndose de nuevo a partes iguales entre tu lado paterno y materno. Si sólo una de las partes tiene herederos que le sobreviven, toda la herencia será para ellos en ambas situaciones.
Como última posibilidad, sus sobrinos recibirán su herencia. Esto se dividirá de nuevo entre cada parte, mitad y mitad, con todo el patrimonio para una parte si no hay sobrinos supervivientes en la otra.
| Sucesión intestada: La familia extensa | |
| Situación de la herencia | Quién hereda sus bienes |
| – Si los padres, pero sin cónyuge o hijos | – Todo el patrimonio a los padres |
| – Si no hay padres | – Herencia completa a los hermanos |
| – Si no hay hermanos | – El patrimonio se divide en partes iguales entre los abuelos paternos y maternos |
| – Si no hay abuelos | – El patrimonio se divide en partes iguales entre los tíos paternos y maternos |
| – Si no hay tíos | – El patrimonio se divide en partes iguales entre sobrinos y sobrinas |
Si los tribunales de Nueva York revisan todas las opciones posibles de herederos y no hay nadie vivo o disponible para recibir sus bienes, el estado obtendrá los derechos de propiedad de su patrimonio. Esto se debe a la ley de bienes abandonados de Nueva York.
Herencias no testamentarias en Nueva York
En Nueva York, un bien no-probado es una propiedad que no se transfiere a través de las leyes de sucesión intestada o incluso de un testamento válido, sino a través de la designación de un beneficiario. El estado incluye en este grupo las cuentas bancarias conjuntas, las pólizas de seguro de vida, las cuentas y beneficios de jubilación, las cuentas bancarias «en fideicomiso», los bienes inmuebles en manos de copropietarios y los bienes en fideicomiso.
Todas estas cuentas y bienes requieren que usted nombre derechos de supervivencia o un beneficiario, por lo que no hay posibilidad de que la propiedad vaya a nadie más que el individuo o grupo nombrado, siempre y cuando la persona siga viva. Sin embargo, puede nombrar a su patrimonio como beneficiario, lo que sometería su herencia a su testamento o a la sucesión intestada.
Otras situaciones en el derecho sucesorio de Nueva York
Los matrimonios en el lecho de muerte son una tendencia creciente en los Estados Unidos.S. Se trata de que un cuidador u otra persona oportunista se case con un difunto justo antes de que éste fallezca con el único fin de obtener derechos conyugales sobre la herencia.
Nueva York ofrece a los familiares la posibilidad de anular el matrimonio si pueden demostrar a los tribunales que la persona que se casa con su pariente lo hace especialmente con el fin de obtener un beneficio económico fraudulento. A diferencia de otras leyes similares, Nueva York permite que estos trámites se realicen incluso después de la muerte del difunto.
Recursos para la planificación patrimonial
La administración de su propio patrimonio, o el manejo de las complejidades de heredar dinero del patrimonio de un ser querido que ha fallecido, incluye muchos factores complejos a considerar. Puede ser una empresa tan abrumadora -con los impuestos que hay que presentar, los posibles procedimientos judiciales que hay que seguir y mucho más- que es posible que quiera ayuda, especialmente para entender las leyes de herencia de Nueva York.
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